¿Acaso están en riesgo las Garantías Constitucionales ante esta situación?
Las garantías constitucionales, dentro del campo del derecho, son aquellos derechos fundamentales inherentes al hombre, contendidos en la consitución política de Guatemala, en donde el estado, como parte fundamental de nuestra sociedad, se ha organizado con el fin de proteger a la persona humana y a su familia. Desde la formulación de estas garantías, aquellas personas quienes promueven estos derechos siempre mencionan como base la libertad y también una serie de mecanismos que permiten que se respete para la convivencia dentro de un orden social; recalcando que la libertad pertenece a la naturaleza humana.
Por otro lado, en el derecho público el concepto de garantía ha significado seguridad y protección a favor de los gobernantes dentro de un estado de derecho, es decir, dentro de un marco jurídico que estructura la actividad del gobierno teniendo como fin el orden constitucional.
Finalmente, se llega a un acuerdo en el que se describe a las garantías constitucionales como un conjunto de ormas y principios que rigen las relaciones del Estado y el hombre, otorgando derechos a cada sujeto como parte inherente a su personalidad que tienden a proteger su existencia, libertad, igualdad, seguridad, frente a la la ley, evitando toda arbitrariedad a su persona y reintegrando el roden jurídico violado, cada una de estas garantías las encontramos plasmadas en nuestra Constitución Política de la República. Estas garantías son:
- Exhibición personal (Artículos 263 y 264)
- Amparo (Artículos 265)
- Inconstitucionalidad de las leyes (Artículos 266 y 267)
- Corte de Constitucionalidad (Artículos 268, 269, 270, 271 y 272)
- Comisión y Procurador de Derechos Humanos (Artículos 273, 274 y 275)
- Ley de Amparo y Exhibición Personal (Artículo 276)
Luego de dar una breve explicación de lo que son las garatías constitucionales podemos acordar que efectivamente, ante la situación que se vive actualmente en la Corte de Constitucionalidad (CC), nuestras garantías constitucionales están en riesgo. Especificamente aquella referente a la Corte de Constitucionalidad. Sabemos que la CC tiene como propósito esencia la defensa del orden constitucional, y cuyas funciones son:
- Conocer en única instancia de las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de carácter general.
- Conocer y resolver lo relativo a cualquier conflicto de jurisdicción en materia de constitucionalidad.
Principalmente, citando estas dos funciones que posee la CC dictadas en la Constitución Política de la República de Guatemala podemos definir a la CC como un ente supremo que vela por el cumplimiento de lo establecido en la propia constitución. Sin embargo, ante la situación que se ha presentado este año, en donde se exhiben ciertas acciones dudosas por parte de los magistrados o futuros magistrado de la Corte de Constitucionalidad caemos en un ambiente en el que está en riesgo la integridad e incorruptibilidad que posee este ente supremo. Todas estas incongruencias, que involucran no solo a la CC sino también a la Corte Suprema de Justicia debilitan el sistema juridico-social que rige nuestro país y detienen el desarrollo político en Guatemala.
Referencias Bibliográficas
Asamblea Nacional Constituyente. (1985). Constitución Política de la República de
Guatemala. Guatemala: Asamblea Nacional Constituyente.
Gómez, R. (2007). Aplicación e las Garantías Constitucionales en el Derecho de Menores. Tesis de Grado. Guatemala: Universidad de San Carlos de Guatemala.
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